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Prestaciones Laborales

  • FEDELTÁ Abogados
  • 26 dic 2024
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 8 ene

En México, las empresas están obligadas a otorgar ciertas prestaciones a sus trabajadores, establecidas en la Ley Federal del Trabajo. Estas prestaciones se dividen en dos categorías principales: 

 * Prestaciones mínimas de ley: Son aquellas que toda empresa debe otorgar a sus trabajadores, sin importar el tamaño o giro de la misma. 

 * Prestaciones superiores a la ley: Son aquellas que las empresas otorgan de manera voluntaria, como un beneficio adicional para sus empleados. 


Prestaciones mínimas de ley 


Las principales prestaciones mínimas de ley en México son: 

 * Seguro Social: Cubre riesgos de enfermedad, maternidad, riesgos de trabajo, invalidez, vejez, muerte y vida. 

 * Infonavit: Permite a los trabajadores obtener un crédito para adquirir una vivienda. 

 * Afore: Administra los recursos para el retiro de los trabajadores. 

 * Día de descanso semanal: Un día completo de descanso a la semana. 

 * Vacaciones: Al cumplir un año de servicio, el trabajador tiene derecho a un mínimo de 6 días de vacaciones. 

 * Prima vacacional: Un porcentaje adicional sobre el salario que se paga por concepto de vacaciones. 

 * Aguinaldo: Equivalente a 15 días de salario mínimo, como mínimo. 

 * Reparto de Utilidades: Participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa. 


Prestaciones superiores a la ley 

Estas prestaciones pueden variar de una empresa a otra y pueden incluir: 

 * Seguro de gastos médicos mayores: Cubre gastos médicos por enfermedades graves. 

 * Seguro de vida: Protege a los beneficiarios en caso de fallecimiento del trabajador. 

 * Vales de despensa: Ayudan a complementar el ingreso familiar. 

 * Bonos: Pueden ser por puntualidad, productividad, antigüedad, etc. 

 * Capacitación: Permite a los trabajadores desarrollar sus habilidades y conocimientos. 

 * Programas de bienestar: Actividades que promueven la salud y calidad de vida de los empleados. 


Es importante destacar que: 

 * Las prestaciones superiores a la ley no son obligatorias, pero pueden ser un factor importante al momento de elegir un empleo. 

 * Las condiciones de trabajo y las prestaciones pueden variar según el contrato individual de trabajo y el convenio colectivo de trabajo, si lo hubiera. 

Recomendación: Te sugiero consultar tu contrato individual de trabajo y, en caso de dudas, acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo o a un abogado laboralista. 

Fuentes confiables para más información: 

 * Secretaría del Trabajo y Previsión Social: https://www.gob.mx/stps 

 * Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo: https://www.gob.mx/profedet 

Disclaimer: Esta información es de carácter general y no constituye asesoría legal. 

 
 
 

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